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La nueva controvertida ley que obliga al sector turístico: el registro de viajeros

Publicado: 16 de diciembre de 2024, 13:38
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La nueva controvertida ley que obliga al sector turístico: el registro de viajeros

Con la entrada en vigor del Real Decreto 933/2021 de 26 de octubre, por el que se establecen las obligaciones de registro documental e información de las personas físicas o jurídicas que ejercen actividades de hospedaje y alquiler de vehículos a motor, se han introducido cambios significativos que impactan directamente al sector de hospedaje y al de alquiler de vehículos en España. Esta normativa, que regula las obligaciones de registro documental y de comunicación de información para quienes operan en dichos sectores turísticos, ha generado numerosos debates por sus implicaciones a nivel de protección de datos, tanto entre los profesionales como entre los usuarios.

En primer lugar, cabe señalar brevemente cuáles son los objetivos de esta normativa:

  • refuerzo de la seguridad: este decreto fortalece las capacidades de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado para prevenir y combatir delitos graves como el terrorismo y el crimen organizado, adaptándose al carácter transnacional y complejo de estas amenazas
  • impulso a la digitalización: la normativa promueve el uso de herramientas electrónicas para el registro y la comunicación, alineándose con el derecho de los ciudadanos a interactuar con la Administración Pública a través de medios digitales
  • mayor control y trazabilidad: establece exigencias detalladas para garantizar un seguimiento riguroso en actividades críticas, con registros obligatorios y plazos estrictos de notificación a las autoridades.

Tipos de establecimientos afectados (tanto personas físicas como jurídicas):

  • hoteles, apartamentos turísticos, hostales y campings
  • empresas de arrendamiento de vehículos sin conductores (salvo autotaxis)
  • intermediarios de estos servicios que actúan en plataformas online o agencias

¿Qué implica realmente esta normativa? ¿Y cómo afecta a los profesionales del sector y a los usuarios?

Desde la entrada en vigor de este real decreto, las empresas y particulares que ofrecen servicios de hospedaje o alquiler de vehículos deben cumplir con estrictas obligaciones de registro y comunicación.  En este contexto, cada empresa o persona física que se dedique a ofrecer dichos servicios deberá recopilar los datos personales fundamentales de los viajeros y transmitir la información más relevante en un plazo máximo de 24 horas desde la formalización de la reserva o el inicio del servicio (obligación de comunicación), a través de la plataforma “SES.HOSPEDAJES” presente en la sede electrónica del Ministerio del Interior.

Datos del cliente a recopilar:

  • nombre completo, fecha de nacimiento y nacionalidad
  • número de documento de identidad o pasaporte
  • lugar de residencia habitual
  • correo electrónico, número de teléfono
  • fecha de entrada y salida (en el caso de hospedaje)
  • datos del vehículo alquilado y del contrato firmado (en el caso de alquiler de vehículo)

Los datos deberán guardarse en un registro informático (obligación de registro), que los sujetos obligados deberán de conservar durante un plazo de tres años a contar desde la finalización del servicio. 

Excepción: aquellos que realicen actividades de hospedaje de forma no profesional están exentos de registrar y conservar los datos de los viajeros, pero deben cumplir con las obligaciones de comunicación establecidas.

Conclusión

Aunque el Real Decreto 933/2021 busca reforzar la seguridad nacional y modernizar los procesos administrativos, no ha escapado a la polémica.

Uno de los aspectos más cuestionados es la obligatoriedad de recopilar y tratar datos personales de los usuarios, lo que ha generado inquietudes sobre la privacidad y la protección de la información de los viajeros.

En este sentido, la ley establece las condiciones y principios para garantizar que el tratamiento de los datos personales se realice de manera respetuosa con los derechos de los ciudadanos, asegurando la confidencialidad, integridad y seguridad de la información.

Más allá de esto, las nuevas medidas introducidas por el Real Decreto 933/2021 resultan cruciales para combatir delitos graves como el terrorismo y el crimen organizado, cuyos autores frecuentemente se aprovechan de la falta de control en sectores como el hospedaje y el alquiler de vehículos para cometerlos.
Es difícil encontrar un equilibrio entre la seguridad pública y la protección de los derechos de los viajeros que la misma comporta.

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